Ushuaia 04 de Febrero 2017.- La Jueza de Instrucción de Primera Instancia N° 2 del Distrito Judicial Sur, Doctora María Cristina Barrionuevo, ordenó el procesamiento de Jorge Luis Fantoni por considerarlo probable autor penalmente responsable de cometer el delito de ciberacoso de menores (Grooming), según lo establecido en arts. 45 y 131 del Código Penal, y 278 del C.P.P.P.

En su resolución del pasado 16 de diciembre, la magistrada ordeno imponerle pautas de conductas como, prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto, sea personal, telefónico, escrito y por cualquier medio de comunicación con la menor; como así también la prohibición de ejercer actos de violencia u hostigamientos respecto de la misma por parte del imputado Fantoni; ello bajo apercibimiento de incurrir en el delito de Desobediencia (art.239 del C.P.) y las consecuencias de la ley de Flagrancia.-

Al imputado se le atribuye haber contactado vía Internet a la menor de edad mediante la red social “Facebook”, con el propósito  de cometer cualquier delito contra su integridad sexual.

Además, la Jueza de Instrucción sobreseyó a otros dos sujetos imputados de haber cometido el mismo delito.

Los acusados fueron investigados por haberse contactado en forma individual vía la red social Facebook, en distintos momentos, en el transcurso del año pasado con una persona menor de edad alojada en el Hogar de Jóvenes Adolescentes de Ushuaia con la intención de menoscabar su integridad sexual.