Ushuaia 03 de septiembre 2024.-  Una reciente sentencia del juez de primera instancia Gustavo González ha generado un fuerte precedente en favor de los afiliados de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF). La sentencia se dictó en respuesta a una demanda presentada por la madre de una niña con discapacidad, quien desde febrero de 2024 ha solicitado insumos médicos urgentes a OSEF sin obtener una respuesta adecuada. La demora en la entrega de estos insumos, en algunos casos de hasta seis meses, fue calificada por el juez como “ilegal y arbitraria”, lo que llevó a una resolución contundente.

El juez González ordenó a OSEF la entrega inmediata de todos los insumos solicitados dentro de un plazo máximo de treinta días. Además, impuso una multa diaria de $50,000 a los miembros del directorio de OSEF, que se aplicará en caso de incumplimiento una vez vencido el plazo. Los directivos sancionados incluyen a Mariana Hruby, presidenta; Leonardo Olgiatti, vicepresidente; y los representantes del SUTEF, José María Martín y Franco Tomasevich.

El Dr. Mario Eugenio Chiari, quien representó a la madre en este caso, señaló que la situación refleja un grave problema en la gestión de los reclamos por parte de OSEF. “La vía del amparo debería ser un remedio excepcional, pero lamentablemente se está haciendo habitual. Los reclamos deberían ser atendidos de manera oportuna, especialmente cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad como en este caso”.

El abogado también destacó el cambio de criterio por parte del juez González, quien en esta ocasión decidió que las multas no recaerán sobre la obra social, sino directamente sobre los directivos responsables. “Esto marca un cambio importante, ya que anteriormente las sanciones se aplicaban a la obra social. Ahora, si no cumplen con la sentencia, los directivos deberán responder con su propio patrimonio”, explicó Chiari.

El fallo también subraya la gravedad de la situación, especialmente considerando que la niña afectada tiene una discapacidad que requiere atención médica constante. “Toda persona que solicita un insumo médico lo hace por necesidad, y en el caso de una menor con discapacidad, la urgencia es aún mayor. La falta de respuesta oportuna no solo afecta su salud, sino que también retrasa su evolución en la rehabilitación”, agregó Chiari.

 

Finalmente, Chiari instó a OSEF a cumplir con la sentencia y a atender los reclamos de manera más eficiente en el futuro. “Este fallo es un llamado de atención para que se garantice el derecho a la salud de los afiliados, especialmente en casos tan delicados como este. Esperamos que la obra social tome las medidas necesarias para evitar que situaciones similares se repitan”, concluyó.

Este fallo judicial no solo protege los derechos de la niña involucrada, sino que también establece un importante precedente para futuros casos, resaltando la responsabilidad de las obras sociales en brindar una atención médica eficiente y oportuna a sus afiliados.