Ushuaia 30 de septiembre 2019.- La Justicia de Ushuaia le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria a María Mercedes Soto Maldonado, la mujer condenada en marzo de este año a prisión perpetua por el homicidio de su marido, José Juvenal Huenante Huenante.
La decisión adoptada por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de la ciudad obedece a que Soto Maldonado cumplió 70 años de edad, uno de los requisitos establecidos en las leyes para solicitar el cumplimiento de la condena extra muros.
El cambio en la situación carcelaria de la mujer fue confirmado a EDFM por su abogado defensor, Raúl Paderne, quien además señaló que el fallo condenatorio aún no se encuentra firme, en virtud de una decisión pendiente del Superior Tribunal de Justicia.
Es que Soto Maldonado fue juzgada en marzo por el Tribunal Oral, y una vez conocidos los fundamentos de la sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación ante la Corte provincial, que aún no ha sido resuelto.
Paderne había declarado, luego del juicio, que la condena a su defendida constituía “la peor injusticia cometida en Tierra del Fuego”, y la definió como “una barbaridad”.
El letrado opinó que su asistida debió ser absuelta “ni siquiera por el beneficio de la duda” ya que a su criterio no había ninguna prueba que la involucre.
“Reitero el respeto que le tengo a la Justicia y a este tribunal, pero han errado como nunca antes. Y es un error muy grave”, afirmó por entonces.
Soto Maldonado fue encontrada autora material y penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el vínculo” por los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla.
Huenante Huenante falleció dentro de su domicilio donde se encontraba “postrado” luego de haber sufrido un accidente cerebrovascular. Apareció sin vida y con señales de ahorcamiento.
El fiscal del caso, Daniel Curtale, descartó que se tratara de un suicidio, y en su alegato remarcó los “siete signos de heridas que la víctima tenía en su cabeza”, y habló de la existencia de dos testamentos.
Por otro lado, mencionó que según las pericias psicológicas realizadas a Soto Maldonado, “no se evidenciaron signos de angustia cuando falleció su marido”.
Por otro lado, mencionó que según las pericias psicológicas realizadas a Soto Maldonado, “no se evidenciaron signos de angustia cuando falleció su marido”.
En tanto, Paderne cuestionó la investigación que llevó adelante el juzgado de instrucción, así como la tarea de la fiscalía.
También se refirió al estado deteriorado de salud que presentaba la víctima poco antes de morir.
También se refirió al estado deteriorado de salud que presentaba la víctima poco antes de morir.
El representante legal de Soto Maldonado, aclaró que una de las personas que atestiguó en el debate, era la “cuidadora” del hombre y “no la empleada doméstica”, con lo cual pretendió demostrar que “había interés en la salud del hombre, por parte de su defendida.
De todos modos, el tribunal dio por demostrado que se trató de un homicidio y condenó a la mujer.