Ushuaia 03 de febrero 2026.- Por Dr. César Augusto Lerena. La reciente intervención dispuesta por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación sobre el Puerto de Ushuaia constituye una decisión de extrema gravedad institucional, que vulnera la Constitución Nacional, la Ley 24.093 y el principio de autonomía provincial.

El Puerto de Ushuaia fue transferido a la Provincia de Tierra del Fuego en 1992. Desde entonces, su administración, explotación y mantenimiento corresponden al ámbito provincial. La Nación conserva facultades vinculadas a la habilitación para el comercio interprovincial e internacional, pero carece de atribuciones para intervenir administrativamente un puerto provincial. Hacerlo equivale, en los hechos, a una intervención parcial de la provincia, que solo puede ser dispuesta por el Congreso de la Nación mediante una ley especial.

Más allá de las falencias de gestión que puedan existir a nivel provincial —que deben ser corregidas por las autoridades locales—, la respuesta del Gobierno nacional resulta desproporcionada y jurídicamente improcedente. No se trata de una simple cuestión administrativa: la medida avanza sobre competencias provinciales, recursos propios y hasta sobre espacios acuáticos bajo jurisdicción de Tierra del Fuego.

El Puerto de Ushuaia no es un puerto más. Su ubicación lo convierte en una pieza estratégica para el Atlántico Sur, el acceso a la Antártida y la proyección sobre las Islas Malvinas. Cualquier decisión sobre su administración debe inscribirse en una estrategia nacional integral, respetuosa del federalismo y orientada a fortalecer la posición soberana de la Argentina en una región altamente sensible desde el punto de vista geopolítico.

Resulta especialmente preocupante que esta intervención se produzca en un contexto de anuncios oficiales sobre el fortalecimiento de alianzas estratégicas con Estados Unidos y el desarrollo de una base naval integrada en la zona. Sin un marco institucional claro y sin el debido respeto por las competencias provinciales, estas decisiones pueden terminar debilitando, y no fortaleciendo, la posición argentina en el Atlántico Sur.

 

Un Gobernador que desatiende lo estratégico

Para el Dr. Lerena, resulta inadmisible que un Director de una agencia nacional tenga que recordarle al Gobernador de una provincia estratégica la importancia geopolítica de su propio puerto.

“Un Gobernador de una Provincia estratégica debiera entender sobre la responsabilidad que le cabe en poner en valor el Puerto de Ushuaia”, advierte el especialista, cuestionando que se desvíen recursos portuarios para cubrir déficits coyunturales mientras se desatiende una infraestructura clave para la conexión bioceánica, el acceso a la Antártida y la estrategia argentina en Malvinas y el Atlántico Sur.

En ese marco, Lerena señala que utilizar fondos del puerto para tapar “agujeros políticos o financieros” no solo es una mala decisión administrativa, sino también un error estratégico que debilita la posición nacional en una de las regiones más sensibles desde el punto de vista de la soberanía.

El conflicto se origina en la utilización de fondos portuarios para financiar la OSEF, una decisión cuestionable desde el punto de vista de la política pública provincial. Sin embargo, aun si se considera errónea, ello no habilita al Poder Ejecutivo Nacional a intervenir un puerto que ya fue transferido a la provincia hace más de tres décadas. Las irregularidades administrativas no justifican la violación del orden constitucional.

Intervenir el Puerto de Ushuaia por vía administrativa sienta un precedente grave. Hoy es Tierra del Fuego; mañana podría ser cualquier otra provincia. El federalismo no es una concesión del poder central: es una garantía constitucional que protege a las provincias y, en definitiva, a toda la Nación.

Defender la soberanía no es solo una cuestión de discursos o alianzas internacionales. También implica respetar la Constitución, las competencias provinciales y el marco legal que regula los recursos estratégicos del país. En el caso del Puerto de Ushuaia, la intervención no solo es jurídicamente objetable: es políticamente peligrosa.

 

Fuente: Nota Dr. César Augusto Lerena

Experto en Atlántico Sur y Pesca – Ex Secretario de Estado

Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana

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