Ushuaia 30 de julio 2026.- Un informe del Tribunal de Cuentas de la Provincia (TCP) expuso una serie de observaciones sobre la gestión del combustible destinado a la generación eléctrica de emergencia por parte de la Dirección Provincial de Energía (DPE), al señalar la existencia de un vacío contractual, deficiencias en los mecanismos de control y la falta de documentación suficiente para garantizar la trazabilidad de los recursos públicos.
El organismo de control requirió la formalización de una adenda contractual al convenio suscripto entre la DPE y Terra Ignis Energía S.A., con el objetivo de regular expresamente la adquisición, provisión, utilización, imputación, control y eventual recupero del combustible utilizado por los equipos de generación eléctrica de emergencia.
Según el documento, esa adenda resulta necesaria para delimitar las responsabilidades de las partes y establecer mecanismos claros de administración y rendición de cuentas.
La Auditoría Interna no pudo emitir una opinión técnica
Uno de los aspectos más relevantes del informe señala que la Unidad de Auditoría Interna se abstuvo de emitir una opinión técnica debido a la falta de evidencia suficiente sobre la formalización de la adenda contractual.
El Tribunal recuerda que, dada la magnitud de la operatoria vinculada al suministro de combustible para los equipos alquilados a la empresa Sullair Argentina S.A., era imprescindible contar con un contrato que delimitara responsabilidades y parámetros de ejecución.
La falta de esa documentación, sostiene el organismo, limitó el alcance de la revisión y dejó sin respaldo suficiente una parte significativa del proceso administrativo.
Sin trazabilidad sobre el combustible
El Tribunal sostiene que la firma de la adenda permitiría establecer criterios objetivos de medición y registración para correlacionar el consumo de combustible con la energía efectivamente generada.
De esa manera, agrega el informe, los organismos de control podrían verificar posteriormente la legalidad, razonabilidad y proporcionalidad del gasto comprometido, algo que actualmente no puede garantizarse plenamente.
Asimismo, advierte que la ausencia de reglas expresas dificulta determinar con precisión los mecanismos de compensación, reintegro o recupero de los costos asociados al combustible suministrado.
Recomendaciones para recuperar los costos
En el capítulo de recomendaciones, el Tribunal de Cuentas también plantea la necesidad de evaluar mecanismos de financiamiento, compensación o recupero del combustible, considerando su importancia estratégica para asegurar la continuidad del servicio eléctrico.
Entre las alternativas sugeridas figura la realización de estudios técnico-económicos que permitan determinar el impacto del costo del combustible sobre la prestación del servicio y analizar mecanismos tarifarios previstos por la legislación vigente.
Observaciones que refuerzan los cuestionamientos a la gestión
Las conclusiones del organismo de control refuerzan las críticas sobre la administración de la emergencia energética, al señalar que persisten deficiencias administrativas en una operatoria que involucra importantes recursos públicos.
Entre las principales observaciones del Tribunal se destacan:
- La falta de formalización de la adenda contractual necesaria para regular el destino y eventual recupero del combustible.
- La imposibilidad de la Auditoría Interna de emitir una opinión técnica por ausencia de documentación suficiente.
- La necesidad de establecer mecanismos de control que permitan vincular el combustible consumido con la energía efectivamente producida.
- La recomendación de implementar instrumentos que garanticen la trazabilidad, previsibilidad jurídica y el resguardo del patrimonio público.
El informe concluye que la suscripción de la adenda contractual resulta determinante para otorgar mayor certeza y previsibilidad al vínculo entre las partes, fortalecer la documentación respaldatoria de las prestaciones realizadas y permitir un adecuado control posterior sobre el uso de los fondos públicos destinados a la emergencia eléctrica.
