Ushuaia 26 de agosto 2019.- El Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre emitió el 22 de este mes una nueva resolución vinculada con la obra del corredor costero Canal Beagle, y advierte que responde a una de varias denuncias que están siendo investigadas por el ente de contralor, que ya se había expedido con anterioridad, ordenando que brinde información a las organizaciones ambientalistas.
Se trata del dictamen 04/2019, originado en la denuncia de la Asociación de Profesionales de Turismo, por la doble función del ingeniero forestal Ricardo Vukasovic como funcionario público y asesor de la empresa Felipe Gancedo SA, que lleva adelante la obra del corredor costero.
El fiscal confirma que “en el período comprendido por la denuncia”, el ingeniero forestal Ricardo Vukasovic se desempañaba como funcionario de la Secretaría de Hidrocarburos y asesor de la empresa contratista del estado, lo que implica un “conflicto de intereses” por la incompatibilidad manifiesta de ambas funciones.
El fiscal remarca que el corredor costero “es una de las obra de mayor magnitud de la provincia, siendo la Administración quien ejerce el control respecto del desarrollo y ejecución de la misma”, por lo cual tener a un funcionario como asesor de la empresa implica “una directa colisión con las directrices constitucionales y legales en materia de prevención de conflicto de intereses”.
Vukasovic se desempeña como Subsecretario de Producción y Desarrollo Energético de la Secretaría de Hidrocarburos y, de acuerdo al dictamen, en febrero de 2018 “pidió la inscripción en el Registro Provincial de Consultores Ambientales”, para pasar a desempeñar esa función paralela dentro de la empresa Gancedo.
En el dictamen se remarca la “simultaneidad” de su labor como “Responsable Ambiental para la firma Felipe Gancedo SA en el marco de un contrato con la administración pública”.
Si bien el fiscal aclara que “no hay una norma específica en la provincia referida a incompatibilidades y conflicto de intereses”, la nación “ha suscripto compromisos internacionales en materia de transparencia y anticorrupción que obligan a los estados provinciales a exigir a sus funcionarios, de cualquier rango, el debido respeto a los mismos”.
Menciona entre ellos la Convención Interamericana contra la corrupción, el Convenio de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que contienen disposiciones que apuntan a “evitar perjuicios y riesgos” al erario público.
“Las incompatibilidades protegen al erario público frente al riesgo de que un agente que cumple diferentes funciones produzca un perjuicio a su financiamiento o funcionamiento”, resalta, entendiendo que el conflicto de intereses atenta contra “la imparcialidad en el ejercicio de la función, la igualdad de trato e independencia de criterio”.
La resolución se limita a comunicar esta situación a la gobernadora y distintas dependencias del gobierno, a fin de hacerla cesar, sin ninguna medida sancionatoria.
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