Ushuaia 21 de agosto 2026.- El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego hizo lugar al recurso de casación presentado por la defensa de Hipólito Carlos Córdoba, revocó el rechazo a su excarcelación y ordenó su inmediata libertad bajo caución juratoria. La medida no modifica la sentencia condenatoria, que aún no se encuentra firme.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Javier Darío Muchnik, Ernesto Adrián Löffler, Edith Miriam Cristiano y Carlos Gonzalo Sagastume, en el marco del incidente de excarcelación tramitado ante el máximo tribunal provincial.

El STJ dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, que el 9 de junio había rechazado el pedido de libertad formulado por la defensa.

En sus fundamentos, el Superior Tribunal consideró que la prisión preventiva no puede sostenerse únicamente en la existencia de una condena de cumplimiento efectivo. Señaló que, para restringir la libertad de una persona durante el proceso, debe acreditarse un riesgo procesal concreto, como peligro de fuga u obstaculización de la investigación.

Los magistrados observaron que Córdoba transitó el proceso en libertad, permaneció a derecho y no registró incumplimientos de las pautas impuestas. También cuestionaron que se hubiera inferido un eventual peligro de fuga solo por la pena impuesta, sin elementos específicos que demostraran esa posibilidad.

Respecto de la referencia al temor de una testigo, el fallo sostuvo que la valoración realizada por el tribunal de origen no aportaba respaldo suficiente para justificar la continuidad de la detención cautelar.

Por ello, el STJ dispuso la excarcelación de Córdoba bajo caución juratoria y remitió las actuaciones al Tribunal de Juicio para que haga efectiva la medida y determine las pautas que deberá cumplir mientras continúe sometido al proceso.

La resolución aclara que la libertad concedida no implica una modificación de la condena: el expediente continuará su trámite hasta que la sentencia quede firme.