Ushuaia 13 de mayo 2026.- La Secretaría de Energía de la Nación dispuso una modificación en la asignación de volúmenes de gas natural provenientes de la cuenca de Tierra del Fuego para el período 2026-2028, en el marco de la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural impulsada por el Gobierno nacional.
La medida quedó oficializada mediante una resolución que modifica los cupos originalmente adjudicados por la Resolución 834/2023, vinculada al Plan Gas.Ar, el esquema nacional creado para garantizar el abastecimiento interno, sostener la producción hidrocarburífera y promover inversiones en el sector energético.
Según se explicó en los fundamentos de la resolución, la decisión se tomó como consecuencia de la nueva organización del sistema de transporte de gas natural establecida durante la Emergencia Energética prorrogada este año. Esa reconfiguración implicó cambios en las rutas de transporte, reasignación de capacidades y modificaciones en el sentido de circulación del gas en distintos ductos del país.
En ese contexto, la distribuidora Litoral Gas dejó de tomar los volúmenes de gas adjudicados en la cuenca fueguina, situación que llevó a la Secretaría de Energía a redefinir el destino de esos cupos para optimizar su utilización y garantizar el abastecimiento del sistema.
La resolución sostiene que el objetivo es asegurar un funcionamiento “eficiente y confiable” del sistema de transporte y distribución, garantizando tarifas razonables y cobertura de la demanda en condiciones técnicas y económicas adecuadas.
A partir de esta modificación, los derechos y obligaciones contractuales que tenía Litoral Gas sobre esos volúmenes serán transferidos directamente a las empresas productoras y a las distribuidoras correspondientes. La empresa quedará liberada de futuras obligaciones, aunque continuará siendo responsable por deudas o reclamos originados durante la vigencia de los contratos anteriores.
Además, la normativa establece que Energía Argentina S.A., las productoras y las distribuidoras deberán adecuar sus contratos en un plazo máximo de cinco días corridos desde la publicación de la medida. Las modificaciones deberán ser informadas tanto a Ente Nacional Regulador del Gas como al futuro ENRGE, una vez que ese organismo entre en funciones.
La resolución también notificó a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. y a las empresas involucradas en la comercialización y distribución del gas natural.