Ushuaia 06 de agosto 2024.- El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ha resuelto recientemente una medida cautelar solicitada por el legislador Jorge Andrés Lechman en relación a la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes. El caso, identificado como “LECHMAN, Jorge Andres C/ PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO AelAS s/ Acción Meramente Declarativa”,  declaró la caducidad de la ley provincial 1529 que establecía la necesidad de reformar parcialmente la Constitución provincial y suspendió las elecciones previstas para el 10 de noviembre de 2024.

El legislador de Somos Fueguinos, Jorge Lechman, acompañado de su letrado patrocinante, argumentó que el plazo de 210 días establecido por la ley 1529 para convocar a elecciones se había vencido. La ley, sancionada el 13 de diciembre de 2023 y promulgada el 29 del mismo mes, requería que la convocatoria se realizara dentro de ese período, pero el decreto 1656/24 que formaliza la medida se publicó el 30 de julio de 2024, superando el límite legal.

El Tribunal consideró la medida cautelar debido a la verosimilitud de los derechos invocados y el peligro en la demora de realizar las elecciones sin una resolución sobre la cuestión de fondo. En su análisis, destacó que la Constitución provincial exige una serie de requisitos formales que, según Lechman, no fueron cumplidos en la ley 1529. Entre estos, se menciona la falta de especificación de la fecha de elección de los convencionales, la publicación por 30 días corridos exigida, y la asignación de la partida presupuestaria necesaria.

La resolución del Tribunal subraya la importancia de cumplir con todos los requisitos formales establecidos en la Constitución para cualquier proceso de reforma. En este caso, se reconoce la legitimación activa de Lechman para solicitar la medida debido a la afectación potencial a los intereses colectivos de la ciudadanía.

Finalmente, el Tribunal dispuso la suspensión del acto eleccionario fijado por el decreto n° 1656/24 y ordenó notificar de la presente medida a la Provincia, al Juzgado Electoral, al Gobernador de la Provincia, al Fiscal de Estado, y a la Legislatura de la Provincia, involucrando a todas las partes pertinentes en la evaluación y resolución de esta situación.

Esta decisión del Superior Tribunal de Justicia pone en pausa la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes, destacando la necesidad de respetar los procesos constitucionales y los plazos establecidos para garantizar la legitimidad y transparencia en las reformas constitucionales.