Ushuaia 18 de abril 2017.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, condenó a Claudio Gabriel Raúl Schof, a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por haber estafado a otro sujeto con la suma de $5000, haciéndose pasar por empleado de una empresa automotor de Ushuaia.

El 22 de mayo de 2011, el ciudadano José Emardo Asencio Asencio, recibió una llamada telefónica supuestamente realizada por parte de la empresa Volkswagen de la ciudad de Ushuaia, a su celular particular, por la cual le comunicaron que le habían adjudicado el vehículo que había adquirido por plan de ahorro.

En esa conversación, Schof le hizo saber que debía abonar la suma de 6700, de los cuales la victima envió 5000 mediante depósito bancario en el Banco Nación, cuenta que en realidad pertenencia al condenado.

Más tarde, recibió nuevamente otro llamado, en el que le pedían depositara 8000, por lo que Asensio se comunicó con la empresa automotor donde le manifestaron que ningún empleado de la firma lo había contactado.

En virtud de considerar que con los elementos reunidos en la etapa de instrucción resultaba innecesaria la realización del debate, según lo establecido en el artículo 324 del Código Procesal Penal, el representante del Ministerio Público Fiscal, Doctor Eduardo Urquiza, solicitó la omisión de debate; propuesta a la que accedió el Defensor Gustavo Ariznabarreta, y que fue ratificada en audiencia personal.

El Tribunal –integrado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla-, para la imposición de la pena tuvo en cuenta como agravantes los antecedentes penales de Schof.

Del Registro Nacional de Reincidencia se desprendió que el 8 de agosto de 2007, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 13 de Capital Federal lo condenó a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, pero en la misma resolución fue condenado a la pena de seis años de prisión, ya que había tenido una condena a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 15.

Por tal motivo, los integrantes del Tribunal resolvieron otorgarle la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo a Claudio Gabriel Raúl Schof (arts.29 inc.3 del CP., 372 y 492 del CPP), por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de estafa (art. 172 del Código Penal), por el hecho cometido en perjuicio de José Emardo Asensio Asensio y además lo declaró reincidente por segunda vez.