Ushuaia 12 de noviembre 2018.- La Sala 4 de la Cámara de Casación Penal de Buenos Aires revirtió un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia y anuló el sobreseimiento de seis inspectores de la Municipalidad de Ushuaia acusados de no haber controlado el local nocturno “Black And White”, donde en 2012 se descubrió y luego se condenó a una banda dedicada a la trata de personas.
Alfredo Duilio Santos, Martín Andrés Mieres, Eduardo Hugo Scarnati, Luis Alberto Villegas, Aníbal Torres y Carlos Alberto Signoni habían sido imputados en la causa por no haber descubierto los cuartos posteriores del negocio donde se ejercía la prostitución, a pesar de haber recorrido las instalaciones en varias ocasiones.
El juez Federal de Ushuaia, Federico Calvete, les dictó un primer sobreseimiento que después fue confirmado, en mayoría, por la Cámara de Apelaciones de Chubut.
Sin embargo, ante un nuevo recurso de casación presentado por el fiscal Norberto José Bellver, los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, resolvieron anular el sobreseimiento y remitir otra vez las actuaciones al juez Calvete para que dicte un nuevo pronunciamiento sobre la situación de los inspectores, ajustado a los fundamentos del fallo.
La sentencia de Casación recuerda que  “Black and White” (luego rebautizado como “Red and White”) era explotado comercialmente por Víctor Morales (uno de los condenados por trata en 2015) y si bien estaba habilitado para funcionar como “club nocturno”, acorde a las ordenanzas municipales, “en la realidad funcionaba en forma solapada un prostíbulo, donde las mujeres (o “alternadoras” según consta en las constancias sanitarias), además de hacer “copas” (venta de tragos a clientes), hacían “pases” o “servicios” (prestaban servicios sexuales a los clientes a cambio de una suma de dinero), que eran realizados en las habitaciones ubicadas en la parte trasera del local las que si bien en el plano habilitado municipalmente figuraban como “vestidores”, evidentemente funcionaban como dormitorios con sus respectivos baños, amoblados con camas matrimoniales y donde se visualizaban carteles que indicaban que los preservativos debían ser arrojados en los cestos, actividades que importaban una explotación con ánimo de lucro por parte de  Morales y sus cómplices”.
El juez Gemignani desestimó en su voto el principal argumento de la defensa de los inspectores, consistente en que como las habitaciones utilizadas para prestar los servicios sexuales habían sido desafectadas por Morales del área habilitada comercialmente, entonces no debían ser inspeccionadas por los agentes, ya que “pertenecían al ámbito privado”.
Según el juez, no puede desconocerse “la actividad negligente de los funcionarios”, ya que debe considerarse “el contexto social en el que desempeñaban”.
“La actividad de fiscalización y control, llevada a cabo de modo ineficiente no puede limitarse al ámbito administrativo en tanto expectativa institucionalizada (…) puesto que la perspectiva de análisis funcionalista considera la preexistencia de un ámbito social ya fijado con anterioridad y que le impone un espectro de estabilización social propia”.
De manera más concreta, el juez Borinsky opinó que “las habitaciones supuestamente desafectadas para el uso privado, y por ende ajenas al ámbito de la inspección municipal, en realidad no lo estaban”.
Para demostrar esa afirmación, el magistrado recordó el testimonio de policías que acompañaron a los inspectores durante los controles y que dijeron que nunca fueron a ver todo el inmueble y que solo “pasaron, entraron, y se retiraron enseguida, en un plazo de diez minutos como máximo”.
En la misma línea, el juez Hornos afirmó que “resulta poco verosímil que los imputados desconocieran la actividad que se llevaba a cabo en el local que inspeccionaban y la utilización de los cuartos que allí se encontraban para tal fin”.
Por eso, entendió que un juicio oral y público sería el ámbito adecuado para que los inspectores expliquen cómo fueron verdaderamente los hechos y “la responsabilidad de los distintos intervinientes”.
Fuente: El diario del fin del mundo